Capítulo V
DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES
Al suscribirse el contrato de prestación de servicios educativos por parte de los padres del estudiante, estos adquieren derechos y contraen obligaciones así:
Artículo 12. Derechos de los padres de familia o acudientes.
1. Conocer con anticipación, o en el momento de la matrícula, las características del establecimiento educativo, los principios que orientan el Proyecto Educativo Institucional, el Manual de Convivencia, el Plan de Estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el sistema de evaluación escolar y el plan de mejoramiento institucional;
2. Expresar de manera respetuosa y por el conducto regular sus opiniones respecto del proceso educativo de sus hijos y sobre el grado de idoneidad del personal docente y directivo del colegio;
3. Participar en el proceso educativo que desarrolle el establecimiento en que están matriculados sus hijos y, de manera especial, en la construcción, ejecución y modificación del Proyecto Educativo Institucional;
4. Recibir respuesta suficiente y oportuna a sus requerimientos sobre la marcha del establecimiento y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso educativo de sus hijos.
5. Conocer la información sobre los resultados de las pruebas de evaluación de la calidad del servicio educativo y, en particular, del establecimiento en que se encuentran matriculados sus hijos;
6. Elegir y ser elegido para representar a los padres de familia en los órganos de gobierno escolar y ante las autoridades públicas, en los términos previstos en la Ley General de Educación y en sus reglamentos;
7. Ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar los procesos educativos, la capacitación de los padres en los asuntos que atañen a la mejor educación y el desarrollo armónico de sus hijos.
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Exigir del colegio una excelente calidad de educación y en general el cumplimiento de las obligaciones académicas, legales y morales.
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Confiar al colegio la formación integral de sus hijos y esperar que la institución responda a esa confianza.
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Solicitar y recibir reportes sobre el desempeño de sus hijos o representados.
11. Derecho a postularse para los cargos de representación que prevean las leyes o los reglamentos, siempre y cuando cumpla los deberes expresados a continuación y se encuentren a paz y salvo por todo concepto.
Artículo 13. Deberes de los padres de familia o acudientes.
Para un desarrollo adecuado y normal, los niños y los jóvenes necesitan la seguridad afectiva y efectiva de un ambiente familiar, armónico y estable. Siendo los padres de familia los principales artífices en la educación de sus hijos, son por el mismo hecho los primeros y principales responsables de la misma. De ello se deduce que los padres deben asumir sus funciones y cumplir sus obligaciones respecto a la educación de sus hijos y al colegio, en el que delegan parte de sus responsabilidades.
Para una mejor eficacia en la formación y educación de los estudiantes, entre las muchas obligaciones que les corresponden a los padres de familia, resaltamos las siguientes:
1. Ser conscientes de que los padres de familia son los primeros y principales educadores de sus hijos, a la vez que modelo de desarrollo de virtudes humanas. Les corresponde realizar un seguimiento y orientación permanente de las actividades, horarios, trabajos y diversiones de sus hijos fuera del horario escolar; constatar quiénes son sus amistades y qué tipo de actividades realizan en su ausencia.
2. Mantener una comunicación cordial y suficiente con las directivas, con los profesores y directores de curso, para coordinación de criterios, métodos y orientaciones en beneficio de sus hijos, atendiendo el conducto regular consagrado en el capítulo VI del presente manual.
3. Mantener un diálogo sincero, exigente y comprensivo con sus hijos sobre los logros, éxitos, dificultades, aspiraciones, para poder orientarlos, animarlos y corregirlos adecuada y oportunamente.
4. Pagar oportunamente las matrículas, pensiones, servicios especiales y demás erogaciones en la entidad bancaria que decida el Consejo Directivo, firmando los documentos que solicite esa entidad bancaria, como cartas de autorización para ser investigada la capacidad de crédito, pagarés, etc; de lo contrario, se configurará incumplimiento esencial, conformándose por lo tanto causal de terminación del contrato de prestación de servicios que se renueva cada año en el momento de la matricula, quedando facultado el colegio para no renovar el mencionado contrato.
5. Es obligatorio tanto para el padre y madre de familia, como para los acudientes, asistir a las reuniones colectivas o individuales, que para los efectos el colegio cite; de lo contrario, se configurará incumplimiento esencial, conformándose por lo tanto causal de terminación del contrato de prestación de servicios que renueva cada año en el momento de la matricula, quedando facultado el colegio para no renovar el mencionado contrato.
6. Tratar con respeto a todos los miembros de la comunidad educativa.
7. Prestar colaboración en sus relaciones con las directivas y profesores para que el colegio cumpla en mejor forma con los objetivos propuestos.
8. Cumplir y hacer cumplir las normas y reglamentaciones del presente Manual de Convivencia.
9. Revisar a diario el portal virtual y la agenda del estudiante y facilitar la vía más expedita para la comunicación con el colegio.
10. Apoyar los proyectos que busquen mejorar los procesos educativos.
11. Proporcionar a su hijo los útiles, libros, materiales y uniformes necesarios para el normal desarrollo de todas las actividades pedagógicas, con las características exigidas por la Institución Educativa. Asimismo, revisar diariamente la buena presentación personal de sus hijos, el aseo, el porte del uniforme, los elementos o útiles que requiera y la estricta puntualidad en todas las actividades.
1. Abstenerse de frecuentar los salones de clase, laboratorios y demás áreas dedicadas a asuntos pedagógicos, sin la debida autorización.
2. Informarse al comienzo del curso del calendario, horarios y fechas de reunión, entrega de boletines, horario de atención de los profesores, etc., y personalmente reclamar el boletín de calificaciones en la fecha y hora que programe el colegio.
3. Elaborar y firmar las excusas y permisos de sus hijos por inasistencia, retrasos u otros motivos. En el caso de las excusas, éstas deben presentarse dentro de los dos días hábiles siguientes al reincorporarse a las actividades escolares. Para los permisos, enviar la solicitud en las horas de la mañana.
4. Responder pecuniariamente por los daños que causen sus hijos al colegio, a sus compañeros o a otras personas, así no haya existido en el estudiante la intención de dañarlos.
5. Respetar la filosofía y estilo educativo de ASPAEN GIMNASIO LA FRAGUA. Y, siendo consecuente con ellos, abstenerse de hacer comentarios y juicios a quien no corresponda sobre situaciones reales o ficticias que atentan contra el buen nombre y el prestigio del colegio y por ende el de sus hijos.
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Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades del establecimiento educativo, las irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta, acudir a las autoridades competentes;
7. Aceptar las exigencias académicas y disciplinarias del colegio y las orientaciones pedagógicas de los directivos y docentes.
8. Abstenerse de facilitar a los estudiantes los vehículos para que, conducidos por ellos, se utilicen como medio de transporte al colegio.
PARÁGRAFO
Para los fines previstos en la presente norma, la expresión "padres de familia" comprende a los padres y madres de familia, así como a los tutores o quienes ejercen la patria potestad o acudientes debidamente autorizadoa.
